Quiénes somos ?
OMSAC es una organización global independiente, cuya misión es luchar contra todas las formas de corrupción y crimen. Hoy representa a varios miembros y Asociaciones de todo el mundo.
¿Por qué el compromiso cívico?
La participación de la sociedad civil en la lucha contra la corrupción y el crimen es un deber cívico porque afectan directa o indirectamente a todos los ciudadanos en general y a los jóvenes en particular.
Dictadura .. Tiranía .. Corrupción
Un dictador es solo una ficción. De hecho, su poder se extiende entre muchos subdictadores anónimos e irresponsables cuya tiranía y corrupción pronto se vuelven insoportables.

OMSAC
La lucha contra la corrupción y el crimen a nivel internacional
La corrupción es un freno al desarrollo económico y sostenible. También promueve el desarrollo de actividades delictivas y terroristas. Las poblaciones más pobres son las primeras afectadas por sus consecuencias. El primer instrumento legal universal destinado a prevenir y combatir este fenómeno, que entró en vigencia en 2005, fue la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, conocida como Convención de Mérida.
Esta herramienta legal alienta a los Estados partes de este instrumento legal a criminalizar y sancionar el soborno activo de funcionarios públicos nacionales, internacionales y extranjeros. Esta convención también organiza la devolución de bienes malversados o blanqueados y la extradición de personas condenadas por corrupción.
La citada Convención reconoce el papel de la sociedad civil en la lucha contra la corrupción en virtud de su artículo 13, instando a los gobiernos a aumentar la transparencia, garantizar el acceso público efectivo a la información y también promover la participación pública en los procesos de toma de decisiones.
Esta misma convención fortalece la capacidad y el compromiso de la sociedad civil, particularmente en los países en desarrollo, al brindar capacitación a las ONG sobre la Convención y su mecanismo de revisión. También apoya la participación de la sociedad civil durante las reuniones intergubernamentales y proporciona las herramientas legales necesarias para que pueda trabajar de manera constructiva con los gobiernos y el sector privado en la implementación de dicha Convención.
Para hacer esto, WHOAC es una organización global comprometida con la lucha contra la corrupción y el crimen en todo el mundo. Su principal objetivo es proporcionar inteligencia y análisis, y crear conciencia a través de una combinación de tácticas de presión global.
Es el resultado de próximamente seis (6) años de consultas y reuniones que congregaron a varias organizaciones y asociaciones nacionales e internacionales con un mismo objetivo: la lucha contra la corrupción y el crimen en todas sus formas y en todos los ámbitos del sector privado o estatal.
OMSAC contribuye a la prevención de la corrupción y la delincuencia en todos los sectores de actividad y principalmente a apoyar a los denunciantes, sensibilizar e involucrar a la ciudadanía en la lucha contra estos flagelos, hacer cumplir las leyes y legislaciones internacionales relevantes en la lucha contra la corrupción, monitorear y dar seguimiento a los casos de corrupción probada.
Con el apoyo y esfuerzo de estas organizaciones y asociaciones internacionales dedicadas a la lucha contra la corrupción y el crimen en el mundo, los miembros de OMSAC organizaron una asamblea general el 10 de febrero de 2020 en Ginebra que resultó en la elección del argelino Mourad MAZAR, como presidente por un mandato de 5 años según lo previsto en los estatutos.
De acuerdo con los estatutos de la organización, el presidente electo ha designado a los miembros de la junta ejecutiva que estarán a cargo de la gestión de los distintos departamentos de la OMSC. El presidente electo instruyó a los miembros de la junta ejecutiva que se pongan manos a la obra con el primer objetivo de configurar la hoja de ruta 2020 - 2025, la estructuración de la OMSAC y la preparación del primer encuentro con los medios internacionales.
Finalmente, el presidente se comprometió a fortalecer la vigilancia anticorrupción e implementar la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC).
Oficina Ejecutiva

Mourad MAZAR
presidente

Maurice TIHAL
Departamento Jurídico

Francois AUBRIOT
Departamento de Tecnología
Estatutos
I - OBJETO Y COMPOSICIÓN DE OMSAC:
Artículo 1 - Se forma una organización mundial regida por los artículos 60 y siguientes del Código Civil Suizo entre las personas físicas o jurídicas que declaran adherirse a estos estatutos. y llamado:
“Organización Mundial de Seguridad Anticorrupción”.
La organización tiene su sede en Ginebra. Su duración es ilimitada.
Artículo 2 - El objeto de OMSAC es luchar contra todas las formas de corrupción y criminalidad.
Artículo 3 - OMSAC está integrado por:
• Miembros activos
• Miembros suscriptores,
• Miembros donantes,
• Miembros honorarios.
Pueden ser admitidas como miembros de OMSAC las personas jurídicas legalmente constituidas y en particular las organizaciones de servicios públicos o las Asociaciones declaradas de acuerdo con las leyes de sus países.
Solo pueden ser miembros de la OMSAC las personas naturales o jurídicas cuya candidatura sea aprobada por la Junta Ejecutiva, que tenga condición de soberano y sin tener que justificar su decisión.
Las contribuciones anuales relativas a los miembros donantes se fijan por decisión de la Asamblea General.
El título de Miembro Honorario puede ser otorgado por la Asamblea General, a propuesta del Consejo Ejecutivo por la mayoría de los miembros presentes o representados, a los miembros de OMSAC que presten o hayan prestado servicios importantes para el desarrollo y el éxito de las misiones de WHOAC.
Artículo 4 - Perder la membresía de OMSAC:
• los que han renunciado,
• aquellos en cuyo cargo se haya pronunciado la radiación, por incumplimiento de pago de cotización o por cualquier otro motivo, después de haber tomado nota de sus explicaciones.
II– ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO:
Artículo 5 - OMSAC es administrado por una Junta Ejecutiva compuesta por 5 a 7 miembros designados por el presidente.
En caso de vacantes, la Mesa prevé temporalmente la sustitución de los miembros morosos. Son sustituidos definitivamente por el presidente.
Los poderes del presidente y de los miembros designados terminan en el momento en que normalmente expira el mandato. La Asamblea General elige de entre sus miembros, en votación secreta, un presidente, este último nombrará:
• uno o más vicepresidentes,
• un secretario general,
• un tesorero,
y eventualmente:
• un secretario general adjunto,
• un tesorero asistente.
El presidente es elegido por cinco (5) años, es elegible para la reelección.
Artículo 6 - La Junta Ejecutiva se reúne al menos cuatro (4) veces al año.
Artículo 7 - El Presidente tiene todas las facultades para administrar el OMSC y para realizar o autorizar todos los actos u operaciones en nombre del OMSC. Puede delegar sus poderes en uno de los miembros de la mesa.
Artículo 8 - El Presidente vela por la ejecución de las deliberaciones de la Asamblea General y toma, en el marco de estas deliberaciones, todas las medidas útiles para el funcionamiento de la OMSAC. Representa a WHOAC frente a terceros y, en su caso, ante los tribunales. Compromete el OMSAC solo con su firma. Puede delegar sus poderes.
Artículo 9 - La Asamblea General incluye a los miembros de OMSAC al día con sus aportes. Las entidades legales que son miembros de OMSAC solo pueden estar representadas por un delegado. La Asamblea General se convoca al menos una vez al año, convocada por el presidente o su delegado, realizada con al menos quince días de antelación. Los miembros que no puedan asistir pueden ser representados por otro miembro de OMSAC, mediante un poder por escrito. El orden del día está regulado por la Junta Ejecutiva.
Artículo 10 - Pueden crearse representaciones internacionales por deliberación del Comité Ejecutivo. La organización y funcionamiento de estas representaciones así como sus relaciones con la Junta Ejecutiva de OMSAC se fijarán, en su caso, por el reglamento interno previsto en el artículo 13.
Artículo 11 - Los recursos de OMSC consisten en:
• contribuciones de sus miembros,
• subvenciones que se le podrían conceder,
• ingresos de la propiedad,
• sumas recibidas a cambio de los servicios prestados por OMSAC,
• todos los recursos autorizados por los textos legislativos o reglamentarios.
Artículo 12 - Los estatutos no pueden ser modificados y la OMCA solo puede ser disuelta a propuesta del Comité Ejecutivo y por decisión de la Asamblea General. En caso de disolución, la Asamblea General decidirá sobre la asignación de los activos netos a una o más organizaciones de servicios públicos públicos o reconocidos, que persigan un objetivo similar al de la OMSAC. El presidente o su delegado procede entonces a liquidar los activos de la OMSC. La Asamblea que delibera sobre una modificación de los estatutos o sobre la disolución debe estar compuesta por al menos la mitad de los miembros de la OMSAC. Si no se alcanza el quórum, se convoca una nueva asamblea en el mes siguiente, que delibera válidamente independientemente del número de miembros presentes o representados. Sin perjuicio de esta cuestión de quórum, las disposiciones del artículo 9 se aplicarán a las reuniones de las Asambleas a que se refiere este artículo.
Artículo 13 - El Comité Ejecutivo podrá decidir establecer un reglamento interno para fijar los detalles de la ejecución de estos estatutos o de algunas de sus disposiciones.
Artículo 14 - El Comité Ejecutivo velará por el cumplimiento de los trámites, declaración y publicación que prescriba la ley. Estas formalidades podrán ser cumplidas por cualquier persona que designe el presidente.

Jessica karel
Relaciones Internacionales

Yunis Souleyman
Secretario general

Gilles LAZURE
Prensa - medios
Gobernancia
La gobernanza se refiere a todas las medidas y normas que garantizan el correcto funcionamiento y control de nuestra organización. proporciona una dirección estratégica, asegurando que se logren los objetivos, que los riesgos se gestionen adecuadamente y que los recursos se utilicen con un espíritu responsable ”. Garantiza que los intereses de los miembros adherentes, socios y víctimas del delito. Las decisiones ya no las toma un único tomador de decisiones omnipotente (o grupo de tomadores de decisiones), sino el fruto de la consulta después de sopesar los pros y los contras en función de los diferentes intereses de las partes interesadas.
Junta General
La Asamblea General (AG) es el órgano supremo de nuestra organización, permite a los líderes informar a los miembros adherentes y estos miembros votar sobre cambios en el funcionamiento de la organización. Reúne a todos los miembros, tiene prerrogativas y poderes definidos por los estatutos de la organización y puede examinar la actividad de los líderes, en particular en lo que respecta a la gestión financiera, y la elección del presidente.
Oficina Ejecutiva
La función del comité ejecutivo es implementar las decisiones tomadas por la asamblea general. Los poderes de la junta ejecutiva están determinados por los estatutos de la organización. Son atribuciones de la junta ejecutiva:
convocar reuniones generales y determinar el orden del día,
decidir sobre la creación y eliminación de puestos de trabajo asalariados,
decidir sobre la admisión o exclusión de miembros,
autorizar gastos que no se habrían previsto en el presupuesto estimado,
implementar la política definida por la asamblea general,
preparar el presupuesto estimado de la organización que será sometido o no a la aprobación de la asamblea general,
decidir sobre la apertura de cuentas bancarias y delegación de firma,
decidir sobre los proyectos que se someterán a la asamblea general,
elaborar las cuentas de la organización que se someterán a la aprobación de la asamblea general anual y proponer la asignación de los resultados.
Órganos de la junta ejecutiva